Pasaje de la Cárcova 3526 ARG
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Reglamentos de la Cau

  1. Honestidad: Actuar de manera íntegra, congruente y veraz para generar confianza y seguridad en la sociedad con respecto a las acciones.
  2. Compromiso social: Actuar en beneficio de la Confederación, más alllá de los intereses particulares para contribuir al bien común y al desarrollo de los confederados y países miembros.
  3. Transparencia: Informar de manera verídica, oportuna y efectiva para generar confianza y certidumbre en los confederados.
  4. Objetividad: Actuar de manera equilibrada, teniendo en cuenta los hechos, la situación y la información disponibles para contribuir a una toma de decisiones sustentada en criterios científicos y técnicos.
  5. Inclusión: Considerar las opiniones de las diferentes sociedades miembro para garantizar que sus necesidades sean tomadas en cuenta.
  6. Efectividad: Cumplir, de manera responsable, con los objetivos y metas, optimizando los recursos para dar cumplimiento a los estatutos de la Confederación.
  1. Recibir el diploma de miembro individual titular de la CAU.
  2. Participar en las actividades científicas de la Confederación, disfrutando las ventajas económicas concedidas
  3. Desempeñar cargos directivos y representativos de la Confederación.
  4. Recibir información puntual desde la CAU a través de sus Sociedades/Asociaciones respectivas.
  5. Acceder a áreas restringidas de la web de la CAU para sus socios. Cada socio tendrá su clave de acceso a este servicio
  6. Optar a las becas, premios, cursos post-grado y seminarios, educación médica continuada, investigación y otros beneficios promovidos por la CAU
  7. Estar al día en la cuota con su Sociedad/Asociación, que, a su vez, deberá abonar a la CAU la cuota estipulada por el Estatuto dentro los cuatro primeros meses de cada año
  1. Dejarán de ser miembros individuales titulares:
  2. Los miembros cuya separación sea propuesta por la Sociedad/Asociación nacional correspondiente, por causas justificadas.
  3. La totalidad de los miembros y Sociedades/Asociaciones nacionales que, sin motivo justificable dejasen de pagar la cuota indicada en el articulado 4 de los Estatutos, y por tres años consecutivos.
  4. Los que hicieren renuncia voluntaria por escrito de su condición de miembro individual titular a su Sociedad/Asociación y notificarla oficialmente a la CAU

Al ser la CAU una Confederación de Sociedades/Asociaciones, las solicitudes para la organización de un congreso de la Confederación, deberán venir directamente del Presidente y/o Junta Directiva de la Sociedad/Asociación del país optante y excepcionalmente, por uno de los miembros de la Sociedad/Asociación. En este supuesto, se requiere el aval de su Junta Directiva. El proponente de la ciudad sede, será el Presidente del Congreso o Comité Organizador.

  1. El proponente deberá estar presente en el momento de la elección, que se efectuará durante el Congreso de la CAU. La solicitud deberá ser dirigida al Secretario General de la CAU, especificando los siguientes requisitos y con un mes de anticipación al congreso:
  2. La ciudad sede deberá estar bien comunicada por vía aérea, marítima o terrestre.
    Deberá reunir la capacidad hotelera y la infraestructura necesaria para realizar el evento.
    El optante deberá estar al día en sus obligaciones financieras con la CAU
  3. Se elegirá una sede suplente, para el caso de una imposibilidad surgida en la Sociedad originalmente elegida (por inestabilidad política, económica o social). Esta sede suplente será automáticamente, la sede que quede en segundo lugar en la elección, y su opción quedará sin efecto si la sede original cumple con su cometido. En caso de que solamente existiera una sede optante, el Comité Ejecutivo de la CAU elegirá una sede suplente.
  4. Se faculta al Comité Ejecutivo de la CAU para que, cuando considera oportuno para promover la CAU, pueda establecer alianzas para realizar congresos, con otra sociedad extra confederada (ejemplo: SIU), fijar sus respectivos pactos económicos y/o en el mismo supuesto, desarrollar otra actividad de la CAU que se considere excepcional y claramente beneficiosa para la CAU.
  5. Cualquier otra interpretación que no quede suficientemente aclarada, será decidida por el Comité Ejecutivo de la CAU.

a. El Comité Organizador presentará informes periódicos mensuales al Comité Ejecutivo de la CAU, sobre la marcha del Congreso, y de forma obligada en cada asamblea, en la web de la CAU y en el boletín electrónico (Evolucau).

b. Se enviarán un mínimo de tres anuncios oficiales del Congreso:

  • El primero anunciando fecha, ciudad, país y auditorio o palacio de congreso que alojará el congreso.
  • El segundo el pre-programa, incluyendo fecha de inscripción, precios y hoteles y compañía de desplazamiento oficial, si la hubiese.
  • El tercero con el programa definitivo del Congreso, que deberá estar publicado un mes antes de su inicio, en la web de la CAU y en el boletín electrónico (Evolucau).

c. Cualquier tipo de difusión escrita del Congreso deberá aportar las leyendas alusivas a los organismos organizadores de la siguiente manera:

c.1 Confederación Americana de Urología (CAU)

c.2 Sociedad Iberoamericana de Urología Pediátrica (SIUP)

c.3 Sociedad/Asociación de Urología del país sede.

d. Se publicarán los programas en papel y los resúmenes de los trabajos aceptados para el congreso, a cuenta del Comité Organizador y se repartirán a todos los congresistas asistentes, inscritos al Congreso. A su vez, el programa y los resúmenes, estarán disponibles en la web de la CAU.

e. La duración del Congreso será de un mínimo de tres días y un máximo de cinco.

f. El Comité Organizador local, asumirá el pago del viaje en clase económica y la estancia de un invitado por el Comité Directivo de la SIUP.

g. Existirá una única cuota de inscripción y será gestionada, sólo y exclusivamente por el Comité Organizador de la Sociedad/Asociación local y la CAU. Las ganancias y las pérdidas serán asumidas según el porcentaje del artículo 12 del Estatuto.

h. La Comisión Organizadora del congreso, queda facultada para invitar a un máximo de seis profesores invitados, financiados por el comité organizador local (viaje en clase económica y estancia correspondiente). Cualquier variación al respecto, requiere autorización expresa del Comité Ejecutivo de la CAU. Asimismo el Comité Organizador local del Congreso, no podrá establecer compromisos con organizaciones y/o Sociedades/Asociaciones internacionales que sean competencias jurídicas de la CAU o aquellas acciones que afecten claramente a los intereses económicos de la Confederación Americana de Urología.

i. Todos los concursos serán coordinados por el Comité Organizador, excepto el concurso de investigación urológica “Profesor Doctor Antonio Puigvert” que será coordinado por el Director del Servicio de Urología de la Fundació Puigvert.
El participante de un concurso no podró formar parte del jurado calificador del mismo.
El Comité Ejecutivo de la CAU tiene la potestad de dar prioridad para la publicación de los trabajos premiados.

j. El Comité Organizador podrá solicitar a la CAU un adelanto en dinero para iniciar su trabajo. Este adelanto tendrá un límite máximo de USD $ 25.000 y será devuelto, una vez finalizado el balance del Congreso.

k. Los congresos de la CAU se lIevarán a cabo, preferentemente desde junio a noviembre, ambos inclusive de cada año. Cualquier otra fecha requiere la autorización expresa del Comité Ejecutivo de la CAU.

l. El Comité Organizador financiará los gastos del Comité Ejecutivo de la CAU, incluyendo inscripción, actividades sociales, hotel y pasaje en tarifa económica.

m. Quedan exentos de inscripción los miembros jubilados mayores de 65 años, y los miembros de la Academia de la Confederación Americana de Urología que además de la inscripción, se incluirán las adividades sociales del Congreso.

n. Ante discrepancias organizativas en cualquiera de las actividades programadas para el congreso, la decisión final corresponderá al Comité Ejecutivo de la CAU.

a. Se reunirá en sesión ordinaria con ocasión de los Congresos de la CAU. El Secretario General del Comité Ejecutivo de la CAU también podrá convocar Asamblea General, con ocasión de otros congresos, como por ejemplo, el congreso anual de la AUA, para asegurar el funcionamiento de la CAU.

b. La Asamblea General será la entidad soberana de la CAU y deberá tener conocimiento de todas las actividades de la CAU. Será presidida por el Secretario General y el Comité Ejecutivo de la CAU.

c. Se someterá a la aprobación de la misma el acta de la junta anterior.

d. Se presentará la memoria que recoja las adividades del Comité Ejecutivo de la CAU, con sus respectivos informes:

  • Del Secretario General.
  • De Tesorería, sobre el estado de cuentas y balance de situación
  • Del Vocal de internet y telecomunicaciones.
  • Del Vocal de actividades científicas, publicaciones y congresos.
  • Del Presidente del Comité Organizador, si fuese requerido.

e. En la Asamblea se elegirán las sedes de los congresos.

f. En cada Asamblea General ordinaria o extraordinaria se designarán los cargos/convocatorias que hubieran quedado vacantes o que se propongan que deberán ser elegidos por elección directa, presencial (no delegable) y secreta, por los miembros con derecho a voto.

g. Cada votante podrá votar una sola vez, aunque tenga derecho a más votos.

h. El Secretario y el Vice-Secretario de la CAU custodiarán los votos y garantizarán su legitimidad, hasta el final de la votación.

i. El Comité Ejecutivo de la CAU, decidirá la conveniencia o no de otorgar cinco minutos para la exposición de los candidatos. Podrán ser nominados como candidatos a cualquier cargo de la CAU, los miembros individuales titulares de las Sociedades/Asociaciones que integran la CAU. La solicitud deberá hacerla personalmente el candidato al Secretario General de la CAU, treinta días antes del inicio de la votación, haciendo constar:

  • Nombre y apellido del optante
  • Sociedad a la que pertenece
  • Cargo al cual opta
  • Estar al día en su cuota de socio
  • Un aval escrito de su Sociedad/Asociación
  • Breve resumen de su Currículum Vitae

Quedará elegido el que logre la mayoría simple. Los candidatos deberán estar presentes en la Asamblea, salvo excusa oportuna justificada por el Secretario General de la CAU.

j. En caso de no haber candidatos el Comité Ejecutivo de la CAU, tendrá la potestad de elegir, para evitar vacíos en las funciones de los cargos.

La CAU tendrá una sede administrativa única y permanente para centralizar sus operaciones y servir de referencia a sus socios. Esta sede puede ser independiente o asociada y compartida con algunas de las sociedades nacionales que integran la Confederación. La sede administrativa, como su nombre indica, tendrá funciones solamente administrativas, y desde ningún punto de vista, deliberativas. La sede permanente, permite tener relaciones más fluidas entre todas las partes implicadas, y reduce considerablemente todos los costes generales. El Comité Ejecutivo de la CAU, será el encargado de convocar en su momento a las distintas Sociedades/Asociaciones que integran la CAU para la elección de la sede. Designada la sede o en el supuesto de que no se alcanzara un consenso entre las distintas Sociedades/Asociaciones, el Comité Ejecutivo de la CAU elevará la propuesta correspondiente a la Asamblea General, que podrá, por mayoría simple, bien ratificar la elegida o bien elegir una nueva. La duración del contrato será de diez años, renovables si su desarrollo y servicio han sido satisfactorios para la CAU.

Todas las Sociedades/Asociaciones científicas que sean miembros de la CAU y opten a tener sede compartida, deberán reunir los siguientes requisitos:

a. La Sociedad/Asociación del país que quiera compartir su sede con la CAU, deberá solicitarlo por escrito al Secretario General de la CAU, al menos con una antelación de 30 días a la fecha de la elección.

b. La ciudad sede compartida deberá tener aeropuerto internacional y estar bien comunicada con el resto de los países.

c. La sede de la CAU compartida, deberá tener al menos dos despachos para albergar las dos Secretarías, la Administrativa y la Económico-financiera y sus correspondientes archivos. Se valorará positivamente que la Sociedad/Asociación sede sea propietaria del local.

d. La Secretaría Administrativa, tendrá entre sus funciones:

  • Dar asistencia al Comité Ejecutivo de la CAU, convocar reuniones, estar en contacto con todos ellos y divulgar toda la información que se le indique.
  • Apoyar a las Oficinas y Grupos de Trabajo de la CAU.
  • Actualizar las direcciones del Comité Ejecutivo, Presidentes de las Sociedades/Asociaciones confederadas, de las Oficinas y Grupos de Trabajo y miembros de la CAU.
  • Controlar, mantener y actualizar la base de datos de todos los miembros.
  • Cursar todas las invitaciones oficiales que se precisen.
  • Notificar, seguir y preparar la entrega de premios en el acto institucional del Congreso.
  • Registrar la correspondencia y dar respuesta diligente al asociado, etc.
  • Mejorar la comunicación entre los miembros de la CAU.
  • Aumentar los servicios que la CAU brinda a sus miembros.
  • Coordinar y/o elaborar y editar el boletín electrónico de la CAU (Evolucau), el boletín en papel (CAU Today) y la web de la CAU.

e. La Secretaría Económico-financiera tendrá entre sus funciones:

  • Incrementar los resultados de beneficios de la CAU.
  • El Seguimiento y cobro de las cuotas de los miembros y Sociedades/Asociaciones que integran la CAU, y la emisión de facturas.
  • Convocar y asistir al Comité Ejecutivo y Junta General en las asambleas o reuniones que se lleven a cabo en el Congreso de la AUA, reservando, alquilando y asistiendo las Salas de Reuniones, medios audiovisuales y hoteles que se precisen, cursando todas las invitaciones que se especifiquen.
  • Estar en contacto con la industria farmacéutica y de tecnología médica para canalizar patrocinadores para la CAU.
  • Elaborar informes de las actividades económico-financieras de ingresos y gastos de la CAU, entre otros los de:

1. Coste integral de la CAU, pagos puntuales, etc.
2. Ahorro de costes en las labores de Secretaria.
3. Conocimiento y gestión de contratación de servicios.
4. Diseñar e implementar la estrategia de sostenibilidad de la CAU.

f. Equipo humano:

  • El personal que forme parte de ambas secretarías, deberá tener amplios conocimientos y experiencia en cada una de las ramas de las Secretarías.
  • El equipo deberá ser, preferentemente, joven y dinámico.
  • Deberá estar totalmente integrado en las aplicaciones y nuevas tecnologías, internet, funcionamiento ofimático con equipos de última generación.
  • Deberá relacionarse con todo tipo de proveedores.
  • Deberá conocer el idioma inglés, hablado y escrito, además del castellano y se valorará como un plus el portugués.
  • Deberá tener disponibilidad para desplazamientos, cuando el Comité Ejecutivo lo precise.
  • El Comité Ejecutivo de la CAU, junto con la Junta Directiva del país/sede consensuarán las condiciones económicas adecuadas para el pleno desarrollo de las actividades de Secretaría de la CAU, en función del coste del mercado del país elegido, dotándolas con los medios necesarios para optimizar dicho trabajo.
  • La sede administrativa tendrá como domicilio social, el de la Sociedad/Asociación de Urología del país que haya sido elegido.
  • Todo el equipo humano de las Secretarias sede, dependerá del Comité Ejecutivo de la CAU y de la Junta Directiva de la Sociedad/Asociación anfitriona, correspondiendo, en caso de discrepancias organizativas, la decisión final al Comité Ejecutivo de la CAU.

Lo no previsto o insuficientemente previsto en este reglamento, será resuelto por el Comité Ejecutivo de la CAU.

Queda aprobado y registrado el nuevo reglamento. Se derogan los anteriores.
Reglamentos aprobados en Santiago de Chile el 8 de septiembre de 2010

En el supuesto de que los Vocales o Coordinadores de los Grupos de Trabajo propuestos y elegidos por el Consejo Principal saliente, no pudieran o no quisieran aceptar el cargo para el que fueron elegidos, cesarán en su puesto, por causa justificada, o se produjeran vacantes antes de la finalización de su mandato, el Consejo Ejecutivo podrá, al objeto de mantener la actividad de la vocalía o grupo de trabajo, cubrir dicha vacante hasta la elección definitiva por la Junta General.

  • SIUP pagará USD 10, sin límite de número de socios, por los miembros que no pertenezcan a sociedades científicas nacionales y sean miembros de SIUP.
  • Tendrá tres días en total de congreso: un salón plenario y una sala de posters.
  • Un curso pre-congreso (cuando exista para esto).
  • Traducción simultánea.
  • Dos invitados extranjeros, uno pagado por CAU según artículo N°5 letra F del reglamento y uno pagado por SIUP (la mitad de la suma de los gastos de los dos para cada una de las sociedades).
  • SIUP recibirá los dineros de los congresos de acuerdo al artículo N° 12 de los estatutos.
  • Balance y pagos en un plazo no mayor a un año, una vez finalizado el congreso.
  • Representación en directorio CAU; Presidente SIUP y Coordinador de Pediatría (ambos con derecho a voto).
  • El coordinador de Pediatría cuando se cambie o se elija, sea a proposición de SIUP.
  • El coordinador de Pediatria estará integrado dentro de la comisión organizadora del congreso.